EL «EMBARGO EJECUTIVO» EN EL DERECHO COMPARADO. INTENTO DE UNA DEFINICIÓN APLICABLE AL ORDENAMIENTO JURÍDICO CHILENO
Palabras clave:
Embargo, afección, indisponibilidadResumen
El concepto de embargo es entendido de una forma por los legos y de otra por los letrados. Existen dos posturas: la de los procesalistas, que entregan un concepto restringido que se aviene con la figura del embargo ejecutivo, y la de los civilistas, que optan por un concepto más amplio que alcanza también las medidas cautelares, y entre ellas al denominado embargo preventivo. Este artículo pretende poner de manifiesto la distinción entre dichas acepciones, pasar revista a los distintos conceptos que encontramos en fuentes tanto jurídicas como extrajurídicas y, finalmente, intentar establecer una definición integral de lo que en nuestro ordenamiento jurídico nacional debiera entenderse por embargo ejecutivo.
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