La metodología del IX pleno casatorio civil para la definición de la nulidad manifiesta ¿debe ser considerada como vicio en su aplicación?

Autores/as

  • Elizabeth Rosmery Huamán García Universidad de San Martín de Porres

Resumen

Algunas de sus disposiciones de nuestro Código Civil son claras respecto a su contenido y otras son un tanto difusas y cuestionables. Una normatividad que generan polémica en cuanto a su concepto y empleo es la referida a actos o negocios jurídicos que ha conllevado a que los Supremos Jueces emitan sentencias contradictorias y herradas partiendo de la noción desactualizada o fuera de contexto. El objetivo del presente trabajo consiste en analizar la metodología empleada por la Corte Suprema en el IX Pleno Casatorio Civil para la argumentación del alcance que le ha dado a la noción de nulidad manifiesta, como una causal de nulidad siempre fácil de advertir, en el mismo contrato o a través de otro medio probatorio. Consideramos de gran importancia establecer los errores metodológicos incurrido por la Corte Suprema al hacer uso inadecuado de lo tratado en la doctrina, las leyes y la jurisprudencia nacional e internacional, para luego contrastar sus limitaciones y plantear su corrección, de tal manera que sea útil a nuestro ordenamiento jurídico.

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Publicado

2022-10-14

Número

Sección

Artículos de revisión