Fraude en la disposición o gravamen de bienes de la sociedad conyugal

Autores/as

  • Milushka Felícitas Rojas Ulloa
  • Marco Antonio Bonett Hermoza

Palabras clave:

Matrimonio, fraude, disposición, bienes, sociedad conyugal, gravamen, bien social, acto jurídico, nulidad, ineficacia, invalidez, inexistencia.

Resumen

El tema materia de estudio tiene como principal fuente de motivación el fraude en la disposición o gravamen de bienes de la sociedad conyugal. La disposición por uno de los cónyuges de los bienes adquiridos en la sociedad de gananciales no es ningún problema; claro está que para ello debe contar con un poder especial. Sin embargo, cuando el registro se efectúa con el DNI donde él o la cónyuge figuran como solteros, entonces encontramos un hecho reñido con la buena fe, es decir que se registra un bien como propio, vale decir como soltero, cuando en realidad es un bien social adquirido dentro del matrimonio. En ese sentido, es importante determinar si el fraude en la disposición o gravamen de bienes de la sociedad conyugal, sin poder especial del otro, es un acto jurídico nulo, anulable o ineficaz.

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Biografía del autor/a

  • Milushka Felícitas Rojas Ulloa
    Doctora en Derecho y Ciencias Políticas UNMSM. Docente en la Universidad de San Martín de Porres y Escuelas de Postgrado a nivel nacional.
  • Marco Antonio Bonett Hermoza
    Magíster en Derecho Civil y Comercial UNFV. Especialista en Derecho de Familia, Derecho Civil y Derecho Administrativo.

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Publicado

2015-06-15

Número

Sección

Artículos