El levantamiento del secreto de las comunicaciones y la excesiva demora en la entrega de información por parte de las empresas de telefonía
Resumen
Ante el aumento constante de los delitos de feminicidio y sicariato en los distritos de Ate y Santa Anita, el Ministerio Público tiene como herramienta fundamental la medida restrictiva de derechos del levantamiento del secreto de las comunicaciones, para conocer la identidad del autor material y arribar al esclarecimiento de los hechos; sin embargo, los informes de las empresas de telefonía, son remitidos en un lapso muy prolongado de ocho a catorce meses después de haberse solicitado, lo que conlleva a generar un grave retraso y perjuicio a la investigación por la excesiva demora en la entrega de la información, toda vez que, ante el vencimiento de los plazos procesales y la falta de identificación del autor del hecho, el fiscal procede a tomar la injusta decisión de disponer el archivo de la investigación y la muerte de la víctima queda impune, por ello, es necesario establecer un plazo límite de 90 días naturales para la entrega de la información requerida, bajo responsabilidad penal de los funcionarios encargados y de imponerse la sanción con una multa a las empresas de telefonía.
Descargas
Publicado
Número
Sección
Licencia
Derechos de autor 2023 Susy Montero León
Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución 4.0.
Los autores que publican en esta revista están de acuerdo con los siguientes términos:
- Los autores conservan los derechos de autor y garantizan a la revista el derecho de ser la primera publicación del trabajo al igual que licenciado bajo una Creative Commons Attribution que permite a otros compartir el trabajo con un reconocimiento de la autoría del trabajo inicial en esta revista.