ANÁLISIS DE LAS TENSIONES ENTRE LAS CONSTITUCIONES Y LOS ORDENAMIENTOS SUPRANACIONALES: DIÁLOGOS DESDE EUROPA Y PAUTAS PARA AMÉRICA LATINA.
Resumen
En un mundo cada vez más interconectado, donde las fronteras jurídicas se desdibujan ante los nuevos actores internacionales, los Estados nacionales han visto cómo su soberanía e imperium se transforman hacia un orden jurídico global. Desde el final de la Segunda Guerra Mundial, este proceso de internacionalización ha sido imparable, forzando a los países a repensar la relación entre sus constituciones y los ordenamientos supranacionales. Un claro ejemplo de esta dinámica es la Unión Europea, cuyo sistema jurídico, bajo el principio de primacía, ha establecido la supremacía absoluta del Derecho de la Unión sobre el derecho interno de los Estados miembros, como lo evidencia el histórico caso Costa vs. E.N.E.L. de 1964.
Sin embargo, la aceptación de esta primacía no ha sido incondicional. En particular, algunos tribunales constitucionales en países como Italia y Alemania han impuesto límites a la prevalencia absoluta, reservando la supremacía del Derecho de la Unión a su compatibilidad con los derechos constitucionales, valores fundamentales y principios propios de su identidad constitucional. A estas técnicas argumentativas se le ha conocido como “contra-límites”, los cuales emergen como mecanismos para proteger la estructura mínima de los Estados constitucionales, asegurando que su soberanía no sea completamente subordinada a las decisiones supranacionales.
Por consiguiente, este trabajo explora, primero, cómo la Unión Europea ha impuesto la primacía del Derecho comunitario; en segundo lugar, cómo los contralímites han sido utilizados para preservar la identidad constitucional; en tercer lugar, se examina cómo esta dinámica se traslada al contexto latinoamericano, destacando el caso Fontevecchia y D. 'Amico vs. Argentina como un ejemplo regional de invocación de contralímites Finalmente, se argumenta que la doctrina de los contralímites puede ser una herramienta vital para proteger el núcleo esencial de las Constituciones en América Latina, especialmente ante la dificultad de trasplantar decisiones supranacionales que podrían desarmonizar el sistema jurídico interno.